Sociedad cronopio

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Precio

NO HAY PRECIO JUSTO EN EL LIBRE MERCADO

Por Alejandro A. Bañol Betancur*

El justo precio pertenece a una concepción doctrinaria religiosa, según la cual, el individuo requiere de la ayuda de la Iglesia para canalizar su «libre albedrío» y conseguir la salvación del alma en el juicio final de los tiempos, mediante las buenas obras observadas en su vida. El trabajo se considera como un castigo, por ser desobedientes.

Esta doctrina, en países como Alemania, tuvo aplicación hasta la reforma religiosa (protestantismo) protagonizada por Martín Lutero y en Francia por Juan Calvino, entre 1517 y 1536 del siglo XV (Renacimiento).

Según los canonistas católicos y fundamentados en el contenido bíblico del Deuteronomio (23, 19), el cobro de intereses por el dinero prestado, era contrario a la palabra de Dios y así se justificaba conforme a la palabra:

«No exigirán a un compatriota que les pague interés por el prestado que  le hayan hecho, sea de dinero, de comestibles o de cualquier cosa de las que se prestan cobrando interés. Al extranjero, podrán exigirle que le pague interés sobre un prestado, pero no deberán hacerlo a un compatriota. Así el señor su Dios los bendecirá en todo lo que hagan en el país que vayan a ocupar».

Así las cosas, el sistema económico que surgió de la aplicación de concepciones proteccionistas respecto de la no generación de intereses, por la usura, son una regla de comportamiento ético, moral, religioso y social, completamente aceptado y fundamentador de principios económicos.

El precio justo hace parte de un sistema de precios en el mercado de bienes y servicios. El concepto moderno de que todo negocio es legítimo mientras uno se pueda salir con la suya, no hace parte del entorno donde se aplica el justo precio. El hombre de hoy en sus negocios, que con éxito compra por poco, tiene meta vender por mucho. «Nadie compra huevos, para vender huevos».

El Justo precio se asocia con la recompensa equitativa, pero surge un problema, y es el problema de poder concertar qué es lo equitativo, tanto para el comprador como para el vendedor.

«Santo Tomás de Aquino, era enfático en este punto: Ahora lo que ha sido instituido para ventaja común (el comercio) no debe ser más gravoso para uno que para otro […] De aquí que si el precio excede al valor de la cosa, o al contrario, falta la equidad referida por la Justicia. En consecuencia vender más caro o comprar mas barato, que lo que una cosa vale es en sí injusto e ilegal» (Huberman, Leo. Los bienes terrenales del hombre).

«La idea de un justo precio para los artículos era natural aún antes del crecimiento de las ciudades o la expansión del comercio. No obstante el auge del mercado y la subsiguiente producción a gran escala, trajeron una modificación en las ideas económicas y el justo precio cedió lugar al precio del Mercado. Es preciso recordar aquí cómo las fuerzas económicas modificaron las ideas cerca de la usura. Igual sucedió con el principio del Justo Precio, el cual fue así mismo arrasado por las fuerzas económicas» (Ibid. p. 92).

En el primitivo periodo medieval, el mercado fue local, proveyendo a la gente de las ciudades y poblaciones y de la región entorno a estas. No era muy afectado por los acontecimientos en lugares distantes del país o en las poblaciones lejanas y de aquí que los precios fuesen determinados solo por las condiciones locales. Pero aún, en este mercado, las condiciones cambiaron y los precios con ellas. Si una plaga o enfermedad atacaba las viñas de la vecindad, ese año habría menos vinos que el anterior, quizá no lo bastante para cubrir todas las necesidades. En ese caso, el vino sería vendido a quienes deseasen y pudiesen pagar el precio más alto como consecuencia de la escasez. Esto era por supuesto, algo muy diferente del alza en el precio debido al hecho de que algún grupo en un esfuerzo por hacer ganancias extraordinarias, lo aumentase después de dominar el abastecimiento Había mucha diferencia entre la subida del precio como resultado de condiciones imprevistas e incontrolables y como resultado de la codicia de algún comerciante» (Ibid. p. 93).

Generalmente fue admitido según Huberman, que los precios aumentaran en tiempos de sequía, hambre o modernamente por el cambio climático, pero de igual forma esto era anormal y no interfería con el «justo precio» que era «natural». Así las cosas, se concluye que la idea de « justo precio» , se adopta y adapta en economías controladas e interferidas por factores políticos de poder , mercados pequeños focalizados y localizados.

En las economías de mercado, grandes y en competencia, como aquellas que nos pretenden idealizar para América Latina, y en especial para Colombia, como dinámicas y cambiantes, observamos que la fórmula del justo precio no se puede adoptar, pues es un claro error que afecta la libre oferta y demanda. Se crean distorsiones en sectores de la producción, el intercambio y el consumo de bienes y servicios, facilitando la presencia de monopolios en diferentes escalas, lo cual, constituye una diáfana desviación de la economía de mercado.

Se recuerda que cuando el mercado estaba conformado solamente por compradores y vendedores de artículos elaborados por economías cerradas, la calidad y el precio justo o justo precio reinaba, pero cuando los mercaderes extranjeros y los artículos elaborados y originarios de lugares remotos se hicieron presentes, las nuevas influencias rompieron las condiciones locales de circulación de productos, moneda, capitales y precios.

Con la extensión del comercio, las condiciones que influían sobe el mercado se hicieron mucho mas cambiantes y el «precio justo» ya no resultaba práctico, finalmente terminó cediendo su lugar al precio del Mercado.

«Las ideas y costumbres tienden a persistir pese a desparecer las condiciones en las cuales se originaron. El precio justo se había desarrollado cuando las condiciones eran estables, cuando todo lo que afectaba el precio se originaba y era bien conocido por la comunidad local. Y la idea persistió, aun cuando diversas influencias, distantes y desconocidas, penetraron el mercado cerrado y local» (Ibid. p. 94).

Juan Buridán, en el siglo XIV, señalaba que «el valor de una cosa no debe ser medido por lo que intrínsecamente valga […] Es necesario tener en cuenta las necesidades del hombre y evaluar las cosas según su relación con esta necesidad». Buridán se refería a la oferta y la demanda. Los artículos no tenían un valor fijo, era necesario prescindir de las condiciones en que este salía al mercado, por cuanto aquel es dinámico y cambiante. El precio lo da el mercado con la demanda que del producto se realice por parte de los compradores, hoy conocidos como consumidores y usuarios de bienes y servicios.

En los países que se adopten sistemas de precios controlados se hace un gran mal a la economía, pues la oferta y la demanda, no actúan como fuerzas libres y dinámicas. El intervenir el precio de los bienes y servicios hace que se distorsione el valor de estos, pues el comerciante valora primero las condiciones controladas del mercado por parte del Estado y el margen de utilidad es mayor con ocasión de los controles externos señalados.

Cuando un Estado tiene política de precios, para bienes y servicios, los sectores económicos afectados tienen que ser subvencionados por este, pero cuando la pérdida de dinámica en la oferta y la demanda, genera menores posibilidades de acumulación de utilidades. Los incentivos y las subvenciones, son dos formas de distorsionar los precios, por cuanto la fuente de estos son los ingresos propios del Estado. En el primero puede manifestarse con conclusiones de impuestos, tasas o contribuciones y en el segundo con el otorgamiento de recursos monetarios, que igualmente afecta el sistema de precios, oferta y demanda de bienes y servicios.

En los mercados en competencia, esta es precisamente la que crea y regula los precios, sin necesidad de intervenirlos e interferirlos. Pero hay que estar muy atentos eso sí, a toda manifestación o práctica restrictiva del mercado o monopolísticas del mismo, por cuanto estos fenómenos, sí afectan desde la otra orilla, es decir, desde la del productor, intermediario, proveedor o importador, el precio de los bienes y servicios que expende en el mercado.

Un claro ejemplo de libre mercado y precios, se encuentra en el mercado bursátil y accionario de los Estados. ¿Por qué razones funciona para estos y no para el resto de los renglones de la economía?

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* Alejandro A Bañol Betancur es abogado especializado en Derecho penal y Criminología de la Universidad de Medellín. Derecho Administrativo de Unaula y Gerencia Social de la Uniminuto. Candidato a Magister en la Universidad Nacional de Rosario (Argentina). Docente Universitario de la Especialización en Sistemas de Gestión de la Calidad de la Universidad de Medellín.

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