Sociedad Cronopio

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EXTINCIÓN DE DOMINIO

Por Alejandro Augusto Bañol Betancur*

La política criminal ha sido entendida como una disciplina del deber ser, con fundamento empírico, que teniendo como base los resultados de las ciencias criminológicas, efectúa el estudio crítico, causal y preventivo de las normas jurídico penales y de las vías institucionales para su oportuna y eficaz aplicación preventiva y represiva, promoviendo las reformas legislativas adecuadas a las nuevas situaciones sociales  e incluso, la hermenéutica más acorde con las necesidades  del momento y con el cambio que se desea.

Dentro de las disciplinas criminológicas, que nos pueden servir para acercarnos al gran fenómeno de extinción de dominio, se encuentran, la Economía, la Educación, la Estadística, la Sociología, la Sicología, la Antropología, El Trabajo Social, entre otras ciencias humanas.

La Sacrosanta Propiedad Privada, es puesta en dilema, con la moderna forma de ser adquirida y transmitida por parte de la delincuencia común y política.

Tenemos una hipótesis en proceso constructivo: «La delincuencia es connatural al sistema económico, social y político, donde surge». El delincuente es el producto más decantado de las sociedades.  Es el dinamizador de los cambios, el catalizador de las crisis y a quien en últimas se debe controlar, someter o eliminar, cuando sobrepase los límites impuestos por los dueños del poder político, y  llegue al extremos de superar la organización social o política donde actúa.

La extinción de dominio, debe llamarse como es: Confiscación. Pero acontece que, por el límite histórico declarado en la Constitución Política Colombiana de 1991, se ha maquillado esta figura, cuando claramente desde la política criminal definitivamente ameritaría una reforma constitucional para darle vigencia en el ordenamiento interno a la Confiscación tal y como es aceptado en el ámbito internacional.

Pero ahora nos corresponde examinar  y realizar comentarios al maquillaje  aprobado por la ley 1395 de 2010, en una precaria política criminal institucional, que no es coherente con el fenómeno de la  reforma urbana, la reforma agraria, la indemnización a las víctimas, y reintegro de las propiedades a los legítimos propietarios y a la Verdad, la Justicia, la Reparación y Castigo a los promotores, actores, beneficiarios, testaferros y usufructuarios de este estado de cosas inconstitucionales.

La política legislativa, regresiva, abusiva y connivente con la política delictual, de reducir las prescripciones extraordinarias y ordinarias en materia civil, guardaban el venoso contenido de legitimar el saneamiento de las propiedades ilegalmente adquiridas por los grupos al margen de la ley, y de paso despojar del tiempo otorgado desde hace mas de cien años en el Código Civil a la acción reivindicatoria por  los afectados, violentados, desplazados o desposeídos por las infames acciones delictivas de los actores armados, de los cuarenta años precedentes.

Erradicación manual de cultivos de coca en Tarazá, Antioquia. Paula Castillo/Elespectador.com

ALGUNAS ESTADÍSTICAS SOBRE NARCOCULTIVOS EN COLOMBIA

Las estadísticas oficiales, relacionadas con el cultivo de coca, son de poca confianza al examinarlas y contrastarlas con las que el Departamento de Estado, de los Estados Unidos presenta, lo cual  hace que la lucha interna contra el cultivo, procesamiento, tráfico, comercio internacional y nacional de precursores químicos y divisas, sea desigual frente al total de hectáreas sembradas. Al carecer de otras fuentes, se partirá de los datos oficiales y con ello se quiere significar que la comunidad nacional y extranjera no tiene otros métodos de comparación e investigación que los suministrados por los organismos oficiales.

La Política Criminal Colombiana y exterior, en esta materia debe ser revisada y revaluada, pues los planes adoptados siendo importantes, demuestran a todas luces que son insuficientes y precarios.

El reto sigue vigente y la academia, de la mano de los investigadores y criminólogos, deben unir conocimientos y ciencia,  para abordar  el estudio y control de este flagelo global.

La Dirección Nacional de Estupefacientes de Colombia, presenta la siguiente información sobre  los  Cultivos de cocaína en Colombia entre 2002 y 2009:

2002: 102.000 Hectáreas sembradas de coca
2003: 86.000
2004: 80.000
2005: 86.000
2006: 78.000
2007: 98.899
2008: 80.953
2009: 68.025
(Fuente: Dirección Nacional de Estupefacientes)

El Promedio anual de Hectáreas es de 84.984.625 y teniendo presente que cada Hectárea tiene 10.000 metros cuadrados,  el área anual  entre el inicio  y el final se muestra matemáticamente sostenible, es decir que en nueve años de lucha frontal, por parte del Gobierno Colombiano, contra la siembra de coca, el promedio histórico nos indica que el cultivo siendo menor en el año 2009, persiste en su rentabilidad y fluidez de capital en el sistema financiero propio y externo.

En relación con el cultivo  Global de Amapola (1996- 2007),  la Undoc, en el informe mundial de drogas, señala que el promedio es de 4.744.272 hectáreas.

El 6 de noviembre de 2009, de acuerdo con una comunicación de la Embajada Estadounidense en Bogotá, se indicó que «el gobierno de Estados Unidos finalizó el estudio anual de 2008 sobre la cantidad de cultivos de coca y la producción potencial de cocaína en Colombia. Los resultados muestran que el área cultivada se redujo en un 29 por ciento en un solo año, pasando de 167.000 hectáreas en 2007 a 119.000 en 2008. Nueva información sobre la productividad indica que en 2008 el potencial máximo de producción en Colombia se redujo fuertemente, al pasar de 485 toneladas métricas de cocaína pura a 295, lo cual representa una reducción del 39 por ciento». La información fue ratificada en el informe 2010 del International Narcotics Control Strategy Report del Departamento de Estado de Estados Unidos.

¿Qué indican las estadísticas? Saltan a la vista las cifras oficiales  respecto de una conclusión muy simple: Sigue existiendo producción porque existe mercado para los estupefacientes. En más de diez años de análisis, la situación sigue vigente en un mercado capitalista, sujeto a las leyes de la oferta y la demanda. Así las cosas, sigue dinamizado este frente económico, castigado por las normas internacionales como delito de lesa humanidad (el Narcotráfico)… ¡Claro está!
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* Por Alejandro Augusto Bañol Betancur es afiliado al Instituto Colombiano de Derecho Procesal. Capítulo Antioquia. Abogado Especialista en Derecho Penal y Criminología de la Universidad de Medellín. Especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma Latinoamericana. Especialista en Gerencia Social de la Universidad Minuto de Dios. Docente Universitario. Correo-e: alebanobe@hotmail.com

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